Extraído del Atlas de Peligros del Perú articulado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), en el mapa se muestran los resultados del estudio de microzonificación sísmica y tsunami realizado en 2010. Cada color indica una zona la cual corresponde un tipo de calidad de suelo: Peligro bajo (verde) : Está conformada por los afloramientos rocosos, los estratos de grava-aluvial de los pies de las laderas. Este suelo tiene un comportamiento rígido, con periodos de vibración natural. Peligro bajo Peligro relativamente bajo (amarillo) : Se incluyen las áreas de terreno conformado por un estrato superficial de suelo granulado fino y suelos arcillosos. Peligro relativamente bajo. Peligro alto (anaranjado) : Conformada en su mayor parte por los depósitos de suelos finos y arenas de gran espesor que se encuentran en estado suelto. Peligro alto. Peligro muy alto (rojo) : Conformada por los depósitos de arena eólicas de gran espesor y sueltas, depósitos fluviales, depósitos marin
Mediante la ley de Seguridad y Salud en el Trabajo ( Ley N° 29783: 2011 ) y su reglamento respectivo (D.S. 005.2012-TR), se estableció la obligación para las empresas de contar con un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo ; el que especifica disposiciones legales específicas con respecto a la respuesta a situaciones de emergencia. En la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): Art. 39.- Objetivos de la Planificación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo . Con respecto al logro de resultados específicos, realistas y posibles de aplicar por la empresa; comprende (a) la mejora continua de los procesos, la gestión del cambio, la preparación y respuesta a situaciones de emergencia; y (b) la mejora del nivel de participación de los trabajadores y su capacitación. En el Reglamento de la ley de SST: Art. 33.- Registros obligatorios del Sistema de Gestión de SST : g) […] registro de entrenamiento y simulacros de emergencia (
Acorde con la práctica estándar, las organizaciones determinan sus prioridades y requerimientos para el programa de continuidad del negocio, como parte del proceso de análisis de impacto o business impact analysis (BIA). Desde 2006 se introdujo un concepto para ayudar a determinar cómo debían priorizarse las actividades de las empresas ante un evento de interrupción y bajo qué condiciones estas debían ser recuperadas: el período máximo tolerable de interrupción o maximum tolerable period of disruption (MTPD). Image: https://www.nbcnews.com/news/us-news/ditch-switch-call-go-permanent-daylight-saving-time-grows-n1043051 Según la norma internacional ISO 22301:2019, el MTPD es el período de tiempo dentro del cual, si no se pudieran reanudar las actividades, los impactos llegarían a ser inaceptables para la organización ; amenazando su supervivencia o haciendo que sus objetivos ya no sean alcanzables. Para poder identificar el MTPD para cada actividad, la organización debe decidir primer
Comentarios
Publicar un comentario